EN SEMÁFORO AMARILLO EXISTE RESTRICCIÓN PARA CIERTOS ESTABLECIMIENTOS

Los cantones de Santo Domingo y La Concordia se mantienen en semáforo amarillo, esto luego de la decisión de los Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal de cada ciudad de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.

Es importante mencionar las normas obligatorias de acuerdo a la semaforización en amarillo que consisten en lo siguiente:

  • Horario de toque de queda de 21h00 a 05h00.
  • Vehículos particulares circulan de lunes a sábado, pares e impares conforme a su último dígito de placa, (se incluye motos), no circulan los domingos.
  • Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días, conforme el último número de placa, par o impar.
  • Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa.
  • Transporte urbano al 50 % de su aforo.
  • Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color.
  • Transporte interprovincial únicamente, entre cantones de provincias colindantes con el mismo color.
  • Restaurantes se permite la atención al público con el 30 % del aforo permitido.
  • Se deberá priorizar la aplicación del teletrabajo para las jornadas laborales.
  • Las empresas están obligadas a expedir un protocolo de bioseguridad considerando los lineamientos establecidos en la GUÍA Y PLAN GENERAL PARA EL RETORNO PROGRESIVO A LAS ACTIVIDADES LABORALES, no se requerirá su aprobación por parte del COE (nacional, provincial, cantonal).

Además, en semáforo amarillo se permite la apertura de algunos establecimientos y para otros su atención sigue restringida.

Entre los establecimientos que pueden atender al público están: licorerías, depósitos al por mayor, restaurantes, cafeterías, paraderos, cafeterías, plazas de comida, picanterías, comedores, fondas, juguerías, heladerías, pensiones, residenciales, panaderías, confiterías, comidas rápidas, supermercados, bodegas, tiendas, abacerías, abarrotes, frigoríficos, tiendas naturistas, quioscos, establecimientos ubicados dentro de gasolineras y moteles.

Estos establecimientos pueden atender con un 30% de su aforo y sólo hasta las 21h00 que inicia el toque de queda, luego de esto deben cerrar y podrán entregar a domicilio hasta las 22h00.

Entre los establecimientos que no pueden atender al público están: centros de tolerancia, bares, discotecas, cantinas, galleras, karaokes, salas de recepción, billares, restaurantes al interior de complejos turísticos, café net, juegos electromecánicos, salas de videojuegos, canchas deportivas, gimnasios, cines y balnearios.

La Intendencia General de Policía informa que se realizarán fuertes operativos de control para hacer que las disposiciones del COE Nacional se cumplan. “Los establecimientos que atiendan al público sin tener la autorización o que estén funcionando fuera del horario del toque de queda serán sancionados con clausura”, manifestó el Intendente Wilson Rumiguano.

Comunicación Institucional

Gobernación de Santo Domingo de los Tsáchilas


 

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